Para garantizar la presencialidad, el CPE definió la forma de cubrir a docentes dispensados
2 minutos de lectura«De acuerdo a lo comprometido en la última reunión paritaria el Consejo Provincial de Educación (CPE) emitió la Resolución 1928, que establece la posibilidad de cobertura de las dispensas de aquellos docentes con factores de riesgo de salud a fin de garantizar la presencialidad en las escuelas.
Por unanimidad, el cuerpo puntualizó que “el encuadre por Reemplazo Provisorio por no cómputo de inasistencia del docente dispensado, se realizará por la vía jerárquica según el nivel educativo correspondiente, a través de los equipos directivos y en conjunto con los equipos supervisivos”.
En ese sentido, el artículo 1 de la Resolución 1928 agrega que serán esos equipos “quienes analizarán y definirán la necesidad institucional en pos de garantizar la continuidad pedagógica en la presencialidad”.
La decisión “deberá ser remitida a la Dirección de Nivel para su conocimiento y análisis”, se especificó.
El artículo 2, en tanto, determina que “el reemplazo fijado en el artículo precedente tendrá vigencia mientras dure la dispensa, hasta que la inmunización por vacunación (Resolución Nº332/21 de la Secretaría de Estado de Trabajo) permita la reincorporación del docente a sus actividades laborales presenciales o por determinación de las autoridades sanitarias, según corresponda”.
En la Resolución también se informa que el docente dispensado “deberá presentar historia clínica y estudios complementarios que acrediten el encuadre en la dispensa, vía jerárquica ante la Subsecretaría de Recursos Humanos, la que será remitida al Área de Salud Escolar”.»